¿CUÁLES SON LAS MEDIDAS DE APOYO FINANCIERO A PYMES Y AUTÓNOMOS?
Desde que el pasado sábado 14 de marzo se decretara el Estado de Alarma derivado de la pandemia del Covid-19, los Organismos Públicos vienen trabajando en paquetes de medidas de apoyo financiero transitorio que persiguen mitigar el posible impacto que el escenario de contención reforzada pueda tener en los sectores más vulnerables de la economía, como son las PYMES y los autónomos.
Así, desde la (i) Unión Europea se ha creado un marco temporal hasta diciembre del 2020 que recoge una serie de medidas como subvenciones directas, garantías estatales subvencionadas, préstamos públicos subvencionados y otros que permitan mantener y reforzar las empresas y el sistema financiero de los Estados Miembro.
El (ii) Gobierno de España, por su parte, ha aprobado dos paquetes de medidas económicas urgentes recogidas en el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, que supone la movilización de más de 18.000 millones de euros, y en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, que permiten movilizar hasta 200.000 millones de euros en créditos, con unas garantías públicas de hasta 100.000 millones de euros.
Por otro lado, el (iii) Gobierno Vasco aprobó el 17 de marzo del 2020 una serie de medidas para paliar, en la medida de lo posible, las afecciones económicas que va a tener la pandemia, “tratando de responder con inmediatez, garantizando que el Gobierno Vasco pondrá a disposición de la superación de esta crisis todos los medios económicos y humanos a su alcance.”
La (iv) Comunidad Foral de Navarra ha aprobado también un paquete de medidas económicas y tributarias destinadas a mitigar el efecto de la crisis causada por el coronavirus en la Comunidad Foral.
La Comisión Europea, tras proponerlo el pasado 17 de marzo, ha creado un marco temporal (hasta diciembre del 2020) en el cual los países podrán ayudar a sus empresas y mantener y reforzar el sistema financiero. Entre estas medidas se encuentran los siguientes puntos:
- Establecer un régimen de subvenciones directas, ventajas fiscales selectivas y pagos anticipados. Los Estados Miembros podrán establecer planes para conceder hasta 800.000 euros a una empresa para atender sus necesidades urgentes de liquidez.
- Conceder garantías estatales subvencionadas para las empresas con préstamos bancarios y asegurar así que los bancos sigan otorgando préstamos a los clientes que los necesitan.
- Garantizar préstamos públicos subvencionados a empresas. Los Estados Miembros podrán otorgar préstamos con tipos de interés favorables a las empresas. Estos préstamos pueden ayudar a las empresas a cubrir el capital de trabajo inmediato y las necesidades de inversión.
- Crear salvaguardias para los bancos que canalizan las ayudas estatales a la economía real. El marco deja claro que dicha medida se considera una ayuda directa a los clientes de los bancos, no a los bancos en sí, y brinda orientación sobre cómo garantizar una distorsión mínima de la competencia entre los bancos.
- Conceder seguros de crédito a corto plazo para las exportaciones.
Actualización 24 de abril 2020
Aprobación de las ayudas estatales
La Comisión Europea ha declarado que dos sistemas de garantía que España va a destinar a empresas y trabajadores autónomos afectados por el brote de coronavirus son conformes a las normas de la UE en materia de ayudas estatales. Los sistemas, con un presupuesto total de 20.000 millones de euros, fueron aprobados al amparo del Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de Covid-19, adoptado por la Comisión el 19 de marzo de 2020.
La Comisión amplía el Marco Temporal
La Comisión Europea ha adoptado una modificación por la que se amplía el Marco Temporal adoptado el 19 de marzo de 2020 para que los Estados miembros puedan acelerar la investigación, los ensayos y la producción de productos relacionados con el coronavirus, a fin de proteger el empleo y seguir apoyando la economía durante este brote.
La modificación presentada contempla cinco tipos de ayudas más:
- Apoyo a la investigación y desarrollo en materia de coronavirus (I+D)
- Apoyo a la construcción y mejora de laboratorios de ensayos
- Apoyo a la fabricación de productos que sirvan para combatir el brote de coronavirus
- Apoyo específico en forma de aplazamiento del pago de impuestos o de suspensiones de las cotizaciones a la seguridad social
- Apoyo específico en forma de subsidios salariales para los trabajadores
- 8.000 millones de euros para la financiación de 100.000 pymes
La Comisión Europea ha desbloqueado 1 000 millones de euros del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE), que constituirá una garantía para el Fondo Europeo de Inversiones (FEI), que forma parte del Grupo del Banco Europeo de Inversiones. Esto permitirá al FEI emitir garantías especiales para incentivar a los bancos y otras entidades de préstamo a aportar liquidez a un mínimo de 100 000 pymes y pequeñas empresas de mediana capitalización afectadas por el impacto económico de la pandemia de coronavirus, con una financiación disponible estimada en 8 000 millones de euros.
El anuncio de hoy cumple el compromiso de la Comunicación de la Comisión de 13 de marzo de proporcionar ayuda inmediata a las pymes más afectadas, con fondos que podrán circular ya en abril. Esto forma parte del paquete de medidas anunciado por el Grupo BEI el 16 de marzo a fin de movilizar rápidamente el apoyo a las pymes y las empresas de mediana capitalización europeas.
En todos estos casos a través de ayudas en forma de subvenciones directas, ventajas fiscales, anticipos reembolsables y garantías de no pérdida.
- Flexibilización de los aplazamientos del pago de impuestos durante un periodo de seis meses, previa solicitud, con bonificación en los tipos de interés.
- Se aprueba una línea de financiación específica a través del Instituto de Crédito Oficial por importe de 400 millones de euros para atender las necesidades de liquidez de las empresas y trabajadores autónomos del sector turístico, así como de las actividades relacionadas que se estén viendo afectadas por la actual situación. Más información en iv) Otros – a) ICO
- Se permite que las empresas que han recibido préstamos de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa puedan aplazar su reembolso.
- Se amplían las bonificaciones a la Seguridad Social para contratos fijos discontinuos que se realicen entre los meses de febrero y junio en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.
- El Estado, a través del ICO, otorgará garantías hasta 100.000 millones de euros para facilitar la concesión de préstamos a empresas y autónomos que lo necesiten para cubrir su circulante, pago de facturas u otros conceptos, permitiendo así su funcionamiento y protegiendo la actividad y el empleo.
- Se autoriza la creación de una línea de cobertura aseguradora por cuenta del Estado a través de CESCE por un importe hasta 2.000 millones de euros para operaciones de financiación de circulante. Más información en iv) Otros – b) CESCE
- Se amplía en 10.000 millones de euros el límite de endeudamiento del ICO con el fin de que pueda aumentar las líneas existentes de financiación para autónomos y empresas.
- Se amplía con carácter general el plazo de contestación a los requerimientos y otros procedimientos de la Agencia Tributaria.
- Se regula la suspensión de contratos públicos cuya ejecución se vea afectada por el COVID-19.
- Se incluyen medidas para que las sociedades mercantiles adapten su actividad a las actuales circunstancias, introduciendo flexibilidad para el desarrollo de reuniones de órganos de gobierno, formulación de cuentas, celebración de juntas de accionistas o plazos de presentación de documentos registrales. Del mismo modo, se flexibilizan los plazos para que un deudor en estado de insolvencia solicite la declaración de concurso.
Actualización 3 de abril 2020
Aprobación del primer tramo de la línea de avales
El Consejo de Ministros del 24 de marzo 2020 aprobó las características del primer tramo de la Línea, por importe de 20.000 millones de euros, el 50% del cual se empleará para garantizar préstamos de autónomos y PYMES:
- La Línea, que es retroactiva para operaciones concedidas desde el 18 de marzo 2020, permite afrontar financiación para pago de salarios, facturas, circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.
- La garantía cubre, en el caso de autónomos y PYMES, el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de financiación.
- Para el resto de empresas, se garantiza el 70% de la nueva financiación concedida y el 60% de las operaciones de renovación.
- El aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de cinco años. El coste del aval, de entre 20 y 120 puntos básicos, será asumido por las entidades financieras.
- Las empresas y autónomos interesados podrán solicitar la garantía desde el día de publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros (26 de marzo de 2020) hasta el 30 de septiembre de 2020. Para ello, deberán dirigirse a las entidades financieras con las que el ICO haya suscrito los correspondientes acuerdos de colaboración.
- Importes cuantitativos máximos:
- Para los autónomos hasta un máximo de 1,5 millones de euros (en una o varias operaciones)
- Para las PYMES y empresas se podrán avalar operaciones de hasta 50 millones de euros. Estas operaciones se podrán otorgar rápidamente en la medida en que podrán ser directamente concedidas por las entidades financieras, sin necesidad de aprobación previa del ICO. En cambio, aquellas operaciones por encima de 50 millones de euros, requerirán el análisis previo del cumplimiento de las condiciones de elegibilidad de la operación por parte del ICO.
- Pese a que la resolución no lo especifica, según la información disponible, los solicitantes de las líneas con soporte del ICO que se están ofreciendo deben desarrollar su actividad en alguno de los sectores siguientes: turismo, transporte, hostelería, educación y actividades recreativas de ocio y entretenimiento.
No serán eligibles para acogerse a la línea aquellas empresas y/o autónomos que estuvieran acreditadas como morosas en CIRBE a 31 de diciembre de 2019 o que a 17 de marzo de 2020 hubieran presentado concurso.
El Gobierno completa la protección y el apoyo a colectivos vulnerables, empresas y autónomos con más de 50 nuevas medidas, entre las cuales destacamos:
- Se habilita a la Seguridad Social para conceder moratorias en el pago de las cotizaciones sociales a empresas y autónomos y se permite el aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social hasta el 30 de junio.
- Los autónomos que accedan a la prestación por cese de actividad podrán aplazar sin cargo la cuota de la Seguridad Social de marzo por los días que hayan trabajado.
- También se incluyen en la moratoria de hipotecas los inmuebles afectos a la actividad económica de autónomos
Actualización 24 de abril 2020
El ICO y las entidades financieras firman los convenios de colaboración de la Línea de Avales
La Línea de Avales destinada a facilitar la liquidez de autónomos, pymes y empresas y que garantiza operaciones concedidas desde el pasado 18 de marzo, estará operativa desde el 6 de abril 2020, una vez que el ICO y las entidades financieras han suscrito los correspondientes convenios de colaboración.
El Gobierno activa el segundo tramo de la Línea de Avales
El Consejo de Ministros aprobó el 10 de abril 2020 el Acuerdo por el que se activa el segundo tramo de la Línea de Avales para empresas y autónomos que, por importe de 100.000 millones de euros, acordó el Gobierno el pasado 17 de marzo.
El nuevo tramo, de 20.000 millones de euros, iguala en importe al anterior. El 100% de los fondos se destinan a avalar operaciones de pymes y autónomos, por considerar que son los agentes de la actividad económica que más requieren de este apoyo en la actualidad.
El Consejo de Gobierno aprobó el 17 de marzo del 2020 una serie de medidas para paliar, en la medida de lo posible, las enormes afecciones económicas que va a tener la pandemia del Covid-19 en Euskadi.
- Programa Covid-19: nuevo programa presupuestario dotado inicialmente con 300 millones de euros y ampliable hasta los 500 millones de euros en caso de ser necesario, procedentes de remanentes de tesorería y excedentes de créditos presupuestarios.
- Línea de financiación del Instituto Vasco de Finanzas: con una cuantía de 25 millones de euros de cara a facilitar la necesaria liquidez al tejido productivo vasco, sobre todo centrado en PYMES y autónomos.
- Nueva línea de circulante: unido a lo anterior, en el plazo más breve posible, se articularán líneas de financiación de circulante con avales de la CAE por importe de 500 millones de euros a coste cero a cinco años con uno de carencia, en colaboración con las entidades bancarias que tienen actividad en Euskadi y Elkargi.
- Flexibilización, refinanciación y adaptación de las condiciones financieras que consistan en anticipos reintegrables, préstamos o avales en programas como GAUZATU (Industria), BIDERATU (Inserción Social), INDARTU (Inversión productiva) y otros.
Actualización 3 de abril 2020
Nuevas medidas aprobadas en el Consejo de Gobierno del 24 de marzo 2020
Se destinan 586 millones de euros a pymes y autónomos, con las siguientes actuaciones:
- Ayudas a autónomos a través de Lanbide, destinadas al pago de cotizaciones y los alquileres que tengan que asumir, como compensación a las pérdidas por el cierre de sus negocios.
- Apoyo a la pequeña producción alimentaria local. La ayuda se destinará, especialmente, a la adquisición de excedentes de productos perecederos.
- Ayudas a empresas en dificultades a través del Programa Bideratu para facilitar la reestructuración y relanzamiento de empresas que, siendo competitivas, sufren las consecuencias de una situación de crisis excepcional y de ámbito global.
- Ayudas directas a proyectos de I+D+I para apoyar a empresas que realizan investigación o Centros de Formación Profesional que desarrollan prototipos y producen material sanitario de prevención.
Ayudas para la puesta a punto de la tecnología y el teletrabajo
El Departamento de Desarrollo Económico destinará un total de 45 millones de euros con carácter de urgencia para facilitar la puesta a punto de la tecnología y el teletrabajo en las PYMES; la investigación de urgencia en producto que contribuya a paliar el coronavirus; la financiación indirecta a PYMES industriales y del sector de la alimentación; una nueva línea de ayudase para la reestructuración y relanzamiento de empresas en crisis provocada por el Covid-19; y un nuevo programa para la gestión de excedentes de producto alimentario.
Activación programa de apoyo financiero a pymes, micropymes y autónomos
El Gobierno Vasco aprueba la activación, junto a 15 entidades financieras que operan en Euskadi y Elkargi, del programa de apoyo financiero a pymes, micropymes y personas autónomas por valor de 500 millones de euros. Tras su aprobación en el Consejo de Gobierno del 31 de marzo y su posterior publicación en el BOPV, el Gobierno Vasco procederá a firmar la semana que viene los convenios con Elkargi y las 15 entidades financieras que operan en Euskadi.
- Beneficiarios: pymes, micropymes y profesionales autónomos de Euskadi
- Cuantías de los préstamos:
- 000€ – 1.000.000€ para pymes
- 000€ – 100.000€ para micropymes y personas profesionales autónomos
- Características:
- Préstamo amortizable
- Tipo de interés 0% al ser subvencionados por el Gobierno Vasco
- Plazo de amortización de 5 años con 1 de carencia opcional
- Diferencial sobre Euribor aplicable 0,50%
- Periodicidad trimestral de liquidación
Comisiones: 0€. El prestatario podrá cancelar o amortizar anticipadamente el préstamo sin coste alguno.
El Gobierno de Navarra ha aprobado un Decreto de Ley Foral (DFL) con medidas económicas destinadas a mitigar el efecto de la crisis causada por el coronavirus en la Comunidad Foral. Estas actuaciones se articulan en tres líneas principales:
- La creación de un fondo con 100 millones de euros, ampliables si fuese necesario
- El establecimiento de líneas específicas para ampliar la concesión de créditos hasta 30 millones de euro, y avales a empresas hasta 40 millones de euros
- La movilización de todos los recursos públicos humanos y presupuestarios para atender esta emergencia
En cuanto a las medidas de carácter tributario, resultarán de aplicación a todos los contribuyentes con obligaciones tributarias ante la Hacienda Foral de Navarra, con independencia de su domicilio fiscal o de la normativa tributaria que les resulte de aplicación.
Las principales medidas adoptadas son las siguientes:
- Se amplían hasta el 30 de abril de 2020 los plazos de presentación e ingreso de autoliquidaciones, declaraciones-liquidaciones y declaraciones informativas correspondientes a los meses de febrero, marzo y el primer trimestre de 2020.
- Se amplían los plazos de pago de deudas tributarias de la siguiente forma:
- Los plazos de pago que no hubieran concluido el 19 de marzo de 2020, se ampliarán hasta el 30 de abril de 2020.
- Los plazos de pago correspondientes a notificaciones realizadas a partir del 19 de marzo de 2020 se ampliarán hasta el 30 de mayo de 2020 (salvo que el plazo ordinario fuera mayor, en cuyo caso aplicará este último).
- En relación con los aplazamientos ya concedidos y que se encuentren vigentes, se retrasan un mes (i) tanto el pago correspondiente al mes de marzo, (ii) como los vencimientos restantes, sin devengo de intereses de demora.
- Se establece que el período comprendido entre el 19 de marzo y el 30 de abril de 2020 no computará a efectos de la duración máxima de los procedimientos tributarios, ni tampoco a efectos de los plazos de prescripción tributaria y caducidad, si bien durante este período la Administración podrá impulsar, ordenar y realizar los trámites que resulten imprescindibles.
El Gobierno de Navarra, en su sesión del 25 de marzo 2020, aprobó un nuevo Decreto-Ley Foral 2/2020, con un paquete de medidas extraordinarias en materia económica y fiscal, entre las cuales destacamos:
- Ampliación o suspensión de plazos de pagos de deudas tributarias: Los plazos de pago de deudas tributarias no concluidos antes del 14 de abril se amplían hasta el 30 de abril y las notificadas a partir del 14 de marzo podrán pagarse hasta el 1 de junio. Se retrasa 1 mes el plazo de pago de cada uno de los vencimientos de aplazamientos vigentes.
- Se aprueba un aplazamiento especial para deudas tributarias de trabajadores autónomos y PYMES de 7 meses sin intereses, y con una carencia de los primeros 3 meses.
- Por otro lado, la Hacienda Foral de Navarra reitera su compromiso, con el mismo objetivo de apoyar la liquidez de empresas y autónomos, a continuar efectuando las devoluciones tributarias (principalmente de IVA) en los próximos meses.
¿CUÁLES SON LAS MEDIDAS DE APOYO FINANCIERO A PYMES Y AUTÓNOMOS?
Desde que el pasado sábado 14 de marzo se decretara el Estado de Alarma derivado de la pandemia del Covid-19, los Organismos Públicos vienen trabajando en paquetes de medidas de apoyo financiero transitorio que persiguen mitigar el posible impacto que el escenario de contención reforzada pueda tener en los sectores más vulnerables de la economía, como son las PYMES y los autónomos.
Así, desde la (i) Unión Europea se ha creado un marco temporal hasta diciembre del 2020 que recoge una serie de medidas como subvenciones directas, garantías estatales subvencionadas, préstamos públicos subvencionados y otros que permitan mantener y reforzar las empresas y el sistema financiero de los Estados Miembro.
El (ii) Gobierno de España, por su parte, ha aprobado dos paquetes de medidas económicas urgentes recogidas en el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, que supone la movilización de más de 18.000 millones de euros, y en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, que permiten movilizar hasta 200.000 millones de euros en créditos, con unas garantías públicas de hasta 100.000 millones de euros.
Por otro lado, el (iii) Gobierno Vasco aprobó el 17 de marzo del 2020 una serie de medidas para paliar, en la medida de lo posible, las afecciones económicas que va a tener la pandemia, “tratando de responder con inmediatez, garantizando que el Gobierno Vasco pondrá a disposición de la superación de esta crisis todos los medios económicos y humanos a su alcance.”
La Comisión Europea, tras proponerlo el pasado 17 de marzo, ha creado un marco temporal (hasta diciembre del 2020) en el cual los países podrán ayudar a sus empresas y mantener y reforzar el sistema financiero. Entre estas medidas se encuentran los siguientes puntos:
- Establecer un régimen de subvenciones directas, ventajas fiscales selectivas y pagos anticipados. Los Estados Miembros podrán establecer planes para conceder hasta 800.000 euros a una empresa para atender sus necesidades urgentes de liquidez.
- Conceder garantías estatales subvencionadas para las empresas con préstamos bancarios y asegurar así que los bancos sigan otorgando préstamos a los clientes que los necesitan.
- Garantizar préstamos públicos subvencionados a empresas. Los Estados Miembros podrán otorgar préstamos con tipos de interés favorables a las empresas. Estos préstamos pueden ayudar a las empresas a cubrir el capital de trabajo inmediato y las necesidades de inversión.
- Crear salvaguardias para los bancos que canalizan las ayudas estatales a la economía real. El marco deja claro que dicha medida se considera una ayuda directa a los clientes de los bancos, no a los bancos en sí, y brinda orientación sobre cómo garantizar una distorsión mínima de la competencia entre los bancos.
- Conceder seguros de crédito a corto plazo para las exportaciones.
- Flexibilización de los aplazamientos del pago de impuestos durante un periodo de seis meses, previa solicitud, con bonificación en los tipos de interés.
- Se aprueba una línea de financiación específica a través del Instituto de Crédito Oficial por importe de 400 millones de euros para atender las necesidades de liquidez de las empresas y trabajadores autónomos del sector turístico, así como de las actividades relacionadas que se estén viendo afectadas por la actual situación. Más información en iv) Otros – a) ICO
- Se permite que las empresas que han recibido préstamos de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa puedan aplazar su reembolso.
- Se amplían las bonificaciones a la Seguridad Social para contratos fijos discontinuos que se realicen entre los meses de febrero y junio en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.
- El Estado, a través del ICO, otorgará garantías hasta 100.000 millones de euros para facilitar la concesión de préstamos a empresas y autónomos que lo necesiten para cubrir su circulante, pago de facturas u otros conceptos, permitiendo así su funcionamiento y protegiendo la actividad y el empleo.
- Se autoriza la creación de una línea de cobertura aseguradora por cuenta del Estado a través de CESCE por un importe hasta 2.000 millones de euros para operaciones de financiación de circulante. Más información en iv) Otros – b) CESCE
- Se amplía en 10.000 millones de euros el límite de endeudamiento del ICO con el fin de que pueda aumentar las líneas existentes de financiación para autónomos y empresas.
- Se amplía con carácter general el plazo de contestación a los requerimientos y otros procedimientos de la Agencia Tributaria.
- Se regula la suspensión de contratos públicos cuya ejecución se vea afectada por el COVID-19.
- Se incluyen medidas para que las sociedades mercantiles adapten su actividad a las actuales circunstancias, introduciendo flexibilidad para el desarrollo de reuniones de órganos de gobierno, formulación de cuentas, celebración de juntas de accionistas o plazos de presentación de documentos registrales. Del mismo modo, se flexibilizan los plazos para que un deudor en estado de insolvencia solicite la declaración de concurso.
El Consejo de Gobierno aprobó el 17 de marzo del 2020 una serie de medidas para paliar, en la medida de lo posible, las enormes afecciones económicas que va a tener la pandemia del Covid-19 en Euskadi.
- Programa Covid-19: nuevo programa presupuestario dotado inicialmente con 300 millones de euros y ampliable hasta los 500 millones de euros en caso de ser necesario, procedentes de remanentes de tesorería y excedentes de créditos presupuestarios.
- Línea de financiación del Instituto Vasco de Finanzas: con una cuantía de 25 millones de euros de cara a facilitar la necesaria liquidez al tejido productivo vasco, sobre todo centrado en PYMES y autónomos.
- Nueva línea de circulante: unido a lo anterior, en el plazo más breve posible, se articularán líneas de financiación de circulante con avales de la CAE por importe de 500 millones de euros a coste cero a cinco años con uno de carencia, en colaboración con las entidades bancarias que tienen actividad en Euskadi y Elkargi.
- Flexibilización, refinanciación y adaptación de las condiciones financieras que consistan en anticipos reintegrables, préstamos o avales en programas como GAUZATU (Industria), BIDERATU (Inserción Social), INDARTU (Inversión productiva) y otros.
El Gobierno de Navarra ha aprobado un Decreto de Ley Foral (DFL) con medidas económicas destinadas a mitigar el efecto de la crisis causada por el coronavirus en la Comunidad Foral. Estas actuaciones se articulan en tres líneas principales:
- La creación de un fondo con 100 millones de euros, ampliables si fuese necesario
- El establecimiento de líneas específicas para ampliar la concesión de créditos hasta 30 millones de euro, y avales a empresas hasta 40 millones de euros
- La movilización de todos los recursos públicos humanos y presupuestarios para atender esta emergencia
En cuanto a las medidas de carácter tributario, resultarán de aplicación a todos los contribuyentes con obligaciones tributarias ante la Hacienda Foral de Navarra, con independencia de su domicilio fiscal o de la normativa tributaria que les resulte de aplicación.
Las principales medidas adoptadas son las siguientes:
- Se amplían hasta el 30 de abril de 2020 los plazos de presentación e ingreso de autoliquidaciones, declaraciones-liquidaciones y declaraciones informativas correspondientes a los meses de febrero, marzo y el primer trimestre de 2020.
- Se amplían los plazos de pago de deudas tributarias de la siguiente forma:
- Los plazos de pago que no hubieran concluido el 19 de marzo de 2020, se ampliarán hasta el 30 de abril de 2020.
- Los plazos de pago correspondientes a notificaciones realizadas a partir del 19 de marzo de 2020 se ampliarán hasta el 30 de mayo de 2020 (salvo que el plazo ordinario fuera mayor, en cuyo caso aplicará este último).
- En relación con los aplazamientos ya concedidos y que se encuentren vigentes, se retrasan un mes (i) tanto el pago correspondiente al mes de marzo, (ii) como los vencimientos restantes, sin devengo de intereses de demora.
- Se establece que el período comprendido entre el 19 de marzo y el 30 de abril de 2020 no computará a efectos de la duración máxima de los procedimientos tributarios, ni tampoco a efectos de los plazos de prescripción tributaria y caducidad, si bien durante este período la Administración podrá impulsar, ordenar y realizar los trámites que resulten imprescindibles.
(1) https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/ip_20_496
(3) https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/13/pdfs/BOE-A-2020-3580.pdf
(4) https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf